1000 páginas de malas noticias

Hay un nuevo informe sobre voto electrónico publicado por las autoridades del estado norteamericano de Ohio (Ars Technica) que de nuevo nos da la razón en estos asuntos a todos los que pensamos que el voto electrónico no es fiable y está siendo utilizado tan sólo para facilitar la manipulación. El informe hace un retrato de los sistemas de voto electrónico empleados en aquel estado en los últimos años y el resultado es tan horrible que se han quedado algo aterrados por aquellos lares.

«Las herramientas para manipular una máquina de estas pueden ser tan simples como un imán o una PDA», comenta Jennifer Brenner (secretaria de estado de Ohio) acerca de las máquinas que ya se usaron en las elecciones presidenciales de 2004. «Tan sólo imagina cómo puede ser esto en noviembre de 2008, esto es una prueba de cómo de malos han sido todo el tiempo», concluyen en AT.

Las máquinas analizadas en este informe (cuya longitud es de casi 1000 páginas) provienen de ES&S (que también han sido denunciados en California), Hart Intercivic, y Premier Election Systems (antigua Diebold) (unos angelitos todos ellos…) y ha costado 1.9 millones de dólares (millón y medio de euros, al cambio actual).

En fin, aquí -en este blog- el voto electrónico no lo queremos ver ni en pintura. Estas cosas nos dan la razón en dos temas: el voto electrónico es inseguro y algunos políticos no dudarán en introducirlo debido precisamente a este factor. Por eso hay que rechazarlo de pleno. Denme papeletas, por favor.

¿Quién dice que queremos streaming?

Una idea que me surgió hace ya bastante tiempo (esta entrada lleva meses en borrador y la he remozado bastante hoy) a costa de la concentración de la red y todo lo que nos venden con el nombre de «televisión 2.0» o «radio 2.0».

¿Qué es la televisión 2.0? Aparte de que leyes como la LPI podrían convertir internet en algo tan aburrido como la televisión, podemos llegar a un consenso afirmando que la televisión 2.0 es cuando tu velocidad de internet importa más que el tamaño de tu pantalla.

La televisión 2.0, nos la vendan como la burra de la ultra alta definición que andabas esperando (¿de verdad andábamos esperando?) y la solución definitiva a todos tus problemas o nos la vendan como la televisión a medida que YouTube permite introducir en tu teléfono móvil y llevarte a todas partes, tiene una característica definitoria: los contenidos están bajo control absoluto del emisor (en la gran mayoría sólo se emitirá lo que el emisor apruebe previamente, para hacerlo aún más cerrado) y para poder seguir accediendo a los mismos hay que tragar con las condiciones de uso que éste imponga. Con la radio 2.0 sucede exactamente lo mismo.

¿Cuál es el problema? El concepto de Televisión 2.0 que nos quieren vender está altamente centralizado y supervisado por unos pocos que imponen contenidos. Es un enfoque erróneo porque se trata de una forma muy 1.0 de gestionar esta nueva-vieja televisión (todo bajo control de los proveedores que pueden eliminar vídeos o programas a voluntad).

Y oigo (cada 2 días y 7 horas, en promedio) que todos estamos muy contentos con estos servicios de streaming de datos… pero y ¿si no fuera así? ¿Quién les ha dicho que estamos contentos haciendo streaming? ¿Realmente queremos? Y si queremos, ¿quién nos ha convencido de ello?

Yo no estoy de acuerdo. Yo no estoy contento con el streaming de datos que me obliga a descargar una y otra vez un mismo vídeo si lo quiero ver, que hace que si me quedo sin conexión no me permite verlos y que si el supervisor de turno estima que el contenido debe ser eliminado (sea por lo que sea) me deja sin poder volver a verlo, aunque en mi país no existiera problema legal al respecto.

La situación no parece que vaya a cambiar, pues todos quieren ser el cuello de botella que permite en todo momento qué se puede ver, cuándo y hasta cuándo. Las telecos también, ya que parten con ventaja (ya son el nodo de acceso a la red) y quieren aprovechar esta posición para apretar las tuercas. Consecuencia de estas intenciones de mercado de las telecos es la actual asimetría (acojonante en algunas ofertas de nuestro país) en la oferta de conexiones de «banda ancha».

Te ofrecen un magnífico download con un upload insignificante, de forma que el p2p (que necesita de este upload) se vea reducido y hundido ante la velocidad de acceso a contenidos vía streaming. Quieren crear hábito y las conexiones actuales (altamente asimétricas, pero exitosas gracias al siempre útil «burro grande ande o no ande») son la herramienta. ¿Qué puedo decir? Basta de parafernalias y televisiones 2.0 de cartón piedra. Siempre quisimos descargarlo todo, por eso inventamos Napster. Y eDonkey. Y Bittorrent. ¿Quién te ha convencido de que te conviene el streaming?

¿Qué nos jugamos el jueves en el debate sobre la LISI en el congreso?

Estos días está el patio revuelto con la LISI, el canon, el espectáculo bananero del senado, la caradura de los que dicen que quitarán lo que ellos mismos instauraron (sin pedir perdón primero por los errores) y la aún más caradura de los que se niegan a la eliminación de aquello que prometieron eliminar cuando lo aprobaron los otros.

Estos días se habla sobre todo de Canon, pero ¿seguro que es canon todo lo que brilla? Quizá aquí tampoco sean reyes todos los que vayan perdidos, pero desde luego la LISI que salió del Senado, debido al ejercicio de alta hipocresía de nuestros políticos, incluye en su articulado un montón de puntos por los que se llevan luchando durante años y que van más allá de la eliminación del canon (aunque ese sea un objetivo). Todos los extractos que mencionaré aquí están extraídos del propio proyecto de ley (pdf).

Se modifica la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, en los siguientes aspectos:

(…)

Uno bis (nuevo). Se añade una nueva letra en el número 3 del artículo 38 con la siguiente redacción:

«h’ (nueva). A que el tráfico de datos recibido o generado no sea impedido, desviado, priorizado o retrasado en función del tipo de contenido, del protocolo o aplicación utilizado ni de cualquiera otra consideración ajena a la de su propia voluntad.»

Por supuesto, la neutralidad de la red es un derecho derivado del más básico derecho a la información y a la expresión recogido en la constitución, pero no está de más este nuevo reconocimiento legal justo cuando los ISP le tiran los tejos al gobierno. Una suerte de blindaje no sólo a la censura, sino a los temidos capados contra el p2p.

Tres bis (nuevo). Se modifica el apartado 7 del punto 3 del Anexo I de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, que queda redactado como sigue:
(…)
Cuatro.

—(Se suprime)

Apartado nuevo.

«Los interesados en la explotación de una determinada red o en la prestación de un determinado servicio de comunicaciones electrónicas deberán, con anterioridad al inicio de la actividad, notificarlo fehacientemente a la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones en los términos que se determinen mediante real decreto, sometiéndose a las condiciones previstas para el ejercicio de la actividad que pretendan realizar. Quedan exentos de esta obligación las entidades públicas, quienes exploten redes y presten servicios de comunicación en régimen de autoprestación y quienes lo hagan sin ánimo de lucro.»

Redes ciudadanas, redes malladas, redes abiertas, wifis libres… que además quedarán exentas de pagar el impuesto derivado de esta actividad mientras carezcan de ánimo de lucro o mientras sean autogestionadas. La ley no te pone cortapisas y no te va a pedir dinero si no pretendes hacer negocio con ello. Otra cosa es que tu proveedor no te permita compartir tu red por vía contractual.

«5 bis. Los equipos, aparatos y soportes materiales utilizados por las Administraciones Públicas para la realización de documentos y ficheros administrativos así como los usados de forma instrumental o para el ejercicio de sus potestades estarán exentos del pago de la compensación equitativa y única por copia privada, conforme establece el artículo 25 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.»

Hoy supimos que 34 de los 37 millones que ingresó CEDRO el año pasado fueron por canon, en su mayoría proveniente de las administraciones públicas.

«Artículo 45. Reutilización de sistemas y aplicaciones de propiedad de la Administración.

1. Las administraciones titulares de los derechos de propiedad intelectual de aplicaciones, desarrolladas por sus servicios o cuyo desarrollo haya sido objeto de contratación, las pondrán a disposición de cualquier Administración sin contraprestación y sin necesidad de convenio.
2. Las aplicaciones a las que se refiere el apartado anterior serán publicadas como de fuentes abiertas mediante una licencia que asegure que las obras derivadas se distribuyan en los mismos términos.
3. Aquellas aplicaciones que puedan afectar a la seguridad nacional se publicaran plenamente funcionales pero modificadas de tal forma que no supongan riesgos para la misma.»

Esta es otra a favor. El software desarrollado por la administración será publicado como software libre, algo evidente tras leer un poco más arriba (aunque no he copiado el extracto) que todo software utilizado para tramitar procedimientos estará disponible en fuentes para la revisión por parte de cualquier ciudadano que lo solicite.

Disposición adicional (nueva). Contenidos Digitales libres para la Comunidad Educativa y científica.

Los contenidos digitales y multimedia, el software educativo o científico, las herramientas digitales, o los bancos, colecciones o recopilaciones de las mismas sufragados total o parcialmente con fondos públicos se pondrán a disposición del público de forma telemática sin restricciones tecnológicas, metodológicas o legales y libres para ser usados con cualquier propósito, estudiados, copiados, modificados y redistribuidos con o sin cambios siempre que la obra derivada otorgue estos mismos derechos y esta misma condición.

Dicha publicación se realizará mediante el uso de estándares abiertos.

Otra más a favor. Interesante cuando el otro día debatíamos sobre Open Access y el acceso libre a los resultados de investigación pagada con dinero público.

Disposición adicional (nueva)

En el plazo de un año se presente un proyecto de Ley en el que se modifique el artículo 25 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, eliminando el llamado Canon Digital y proponiendo alternativas consensuadas con el sector para la salvaguarda de los derechos de autor y de la Propiedad Intelectual.

No hace falta aclarar que esta es la disposición que se ha llevado toda la gloria, pero desde luego no parece que sea la única relevante del asunto, ni siquiera la más relevante.

Casi diría que a corto plazo hay algunas cosas de esta LISI que interesa atar mucho más (la neutralidad de la red, los estándares abiertos, el software libre en la administración, las redes ciudadanas libres, o el acceso libre a la investigación realizada con dinero público) que el asunto del canon, que amenaza con ser un caballo de troya.

Después de haber escrito esta anotación resulta imposible no pensar en que en esta monarquía bananera en la que vivimos, esta ley, que tal y como está redactada ahora es una ley sorprendente (porque haya salido de unas cámaras copadas en su mayoría por impresentables y mediocres) y necesaria, será tumbada casi con total seguridad el próximo jueves en el congreso, donde además (según tengo entendido y me han comentado) existen dos posibilidades: que pase entera o que sea tumbada de pleno. Y ojalá no lo sea, quizá aún estemos a tiempo de hacer algo de ruido sobre este tema. ¿Somos conscientes de lo que nos jugamos el próximo jueves? No es el canon. O, mejor dicho, no es sólo el canon. Son muchas otras cosas de esas que siempre pedimos. Siempre decimos que la nueva democracia de la sociedad digital necesita leyes que la reequilibren tras un par de décadas en las que los poderosos grupos empresariales del sector tecnológico han conseguido adaptar la realidad legal a sus intereses.

Esta ley es, tal y como está escrita hoy, una de las leyes que necesitamos. Y mucho me temo que todo rumor será cierto y acabará por privarnos de ella. En estos momentos uno echa de menos que eso que muchos llaman el voto internauta (quizá no exista tal cosa o aún no estamos preparados para hacernos sentir) no haya conseguido organizarse en torno a una formación (siquiera con un nombre desafortunado) como PIRATA.

Habrá que estar muy atentos a lo que suceda el jueves, sin duda dará mucho que hablar (para bien o para mal).

(Gracias a Eskorpio, por el chivatazo y la productiva discusión :))

Tranquilos, el mercado se auto-organizará sólo

«El gobierno no puede hacer nada, porque estaría tocando la bendita economía de mercado y las leyes de la competencia, que nos han conseguido grandes éxitos como subidas iguales en el establecimiento de llamada, precios similares por minuto y tarifas similares para acceso a internet. Curiosa competencia.»

Foncu, en un post que hay que leer con cuidado

*** Más sobre mercados indolentes:

Silenciosa mudanza a GNU FDL

Hace ya varios días cambié (una vez más) la licencia con la que están publicados los contenidos del blog. El cambio se produjo de forma silenciosa y nadie parece haberse percatado, además incide una vez más en un tema que ya hemos tratado en el blog: El problema de las licencias.

¿Cuál es el problema de las licencias? Actualmente hay tantas licencias y tantas posibilidades para publicar nuestro contenido que se nos obliga a perder tiempo pensando en cómo publicar nuestras cosas cuando lo que yo quiero es tener un blog en el que contar historias y expresarme libremente. ¿Es justo que yo tenga que perder tiempo pensando qué licencia es la mejor? Podría perder ese tiempo leyendo libros maravillosos que luego podría comentar, o simplemente tomándome una cerveza. Las dos cosas parecen mejor plan que leer textos legales por obligación.

Y sin embargo aquí estamos, en un blog que deja de estar publicado bajo Creative Commons para estar publicado bajo GNU Free Documentation License. ¿Por qué este cambio? La última vez que cambié de licencia escogí una Creative Commons del tipo «atribución-compartir igual». Permitía todo tipo de usos y lo único que exigía del uso de mis textos es que no se plagiasen y que las obras derivadas permitieran igualmente todos los usos imaginables.

Esa licencia es, bajo mi punto de vista, una licencia libre y fuerte. Libre porque el receptor puede hacer con mi texto lo que quiera, fuerte porque previene de apropiaciones que no permitan que una tercera persona disfrute la libertad que disfrutan los receptores de mi texto. Incluso la FSF y CC anunciaron que existirá compatibilidad legal entre ambas licencias e incluso la Wikipedia será re-licenciada de ahora en adelante bajo esta licencia de «atribución-compartir igual».

Sin embargo, en mi opinión hay una diferencia tan pequeña como importante entre ambos planteamientos: mientras la licencia GNU persigue el ideal de libertad renunciando a todos los derechos (ojo, que el término Copyleft iba acompañado en su primer uso con el epígrafe «renunciados todos los derechos»), Creative Commons persigue otorgar el control a los autores.

Por supuesto, parece evidente que en un ecosistema rico en información y abundante en creadores, la máxima difusión de tu obra te favorece, y el resultado es la creación de un gran repositorio cultural, sin embargo ¿qué sucedería en un sistema menos rico y abundante si el control se les ofreciera a los autores? Que éstos intentarían de nuevo implantar de nuevo un férreo control sobre sus obras y el gran repositorio cultural de libre acceso desaparecería.

Para ir finalizando, hay que recordar que al contrario de lo que Don Hopkins (críado en el marco de los derechos de autor estadounidenses donde todo se puede vender -incluso la autoría real de una obra) decía cuando «renunciaba a todos sus derechos», al utilizar GNU FDL no estoy renunciando a todos los derechos: los derechos morales (la autoría a la cabeza de ellos) no se pueden ceder ni estoy dispuesto a ello. Este blog lo escribo yo y plagiarlo (copiarlo y decir que lo has escrito tú) es, además de feo, ilegal (porque viola mis derechos morales) como lo es utilizar mis textos para el insulto y esas cosas de la ignorancia. Por lo demás, si son capaces de hacer pasta con lo que aquí hay respetando la licencia que preside (aunque sea desde el pie) este blog, siguen teniendo el derecho a hacerlo.

PD. No le he dedicado ni una línea (bueno, ésta) al sin sentido de ver multitud de blogs que afirman defender la cultura libre pero están publicados con licencia CC del tipo «usos no comerciales», es que ya me cansé de hablar de ello.

Actualización: Volví a cambiar la licencia, ahora este blog está Devuelto al dominio público.

Versvs en la RMD

Me he unido a la Red de miniposts distribuidos, con la que hace tiempo que quería jugar. Sin embargo y aunque era mi intención inicial, no la he instalado bajo drupal (aunque me ofrecieron ayuda) ya que por una parte el módulo de agregador se resistía a funcionar como yo quería (federando en lugar de agregando; federando permanentemente en lugar de con fecha de caducidad).

Por otra parte mi intención era mostrar los miniposts en una página aparte de la portada (como hicieron en Intropia)

De modo que al final me decanté por la segunda idea que tuve: usar un wordpress para que funcione a modo de twitter, mostrando únicamente miniposts. Para ello partí del trabajo que ya había hecho David y sólo tuve que modificar levemente el código que había que introducir en la plantilla

Por supuesto, esto sólo te sirve si tu intención es tener miniposts y sólamente miniposts, ¿ha quedado claro? Si lo haces a tu plantilla habitual de wordpress te vas a cargar la presentación de tus posts «largos». Por otra parte, yo seguiré usando la categoría «miniposts» para mis cosas y «rmd» para las cosas federadas, como viene siendo normal. Daniel Primo (de 5lineas) ya ha instalado sus miniposts en Drupal, pero yo no he tenido tiempo para pelearme con ello, de modo que de momento he optado por esta otra solución.

Bocados de Actualidad (43º)

Llevo un par de días desconectado y además me voy corriendo. La cuadragésimo tercera ronda de bocados llega de la mano de Smashing Pumpkins. ¡Qué aproveche!

  • Kriptopolis nos habló de Ask Eraser, la opción de privacidad añadida por Ask a su buscador y que promete que (de ser elegida) todo lo relativo a tus búsquedas será eliminado. Imposible de verificar, pero interesante porque demuestra algo: ya hay quien ve que ofrecer cierta privacidad es algo con lo que atacar a la competencia en la red. En su día mencionamos IxQuick, que también nos da cierto control, pero este proyecto es independiente a ninguno de los grandes buscadores.
  • Denker Über nos manda directamente al lado contrario: los servicios online para almacenar historiales médicos. Lo siento pero no me fio de ellos, mi historial que lo custodie mi médico. Esto es lo que hay.
  • Desde el Bufet Almeida nos relataron el Celtiberia Show. La esperpéntica (e hilarante, si no fuera para llorar de impotencia) mutilación de una ley tan importante como la LISI a manos de un conjunto de políticos incapacitados para hacer las cosas bien. Lo dicho, para reir si no fuera para llorar.
  • Tiscar Lara y el acojonante resultado de una encuesta también acojonante: ¿Prefieres libertad de prensa o estabilidad social? La gente va y elige… pero mucha gente elige estabilidad social, aún incluso a costa de la libertad de prensa. Me quedé a cuadros porque para mí es una pregunta trampa: ¿De verdad hay que elegir? ¿No es la libertad de prensa lo que hace posible la estabilidad social? Sin libertad de prensa, ¿qué estabilidad social podemos esperar, a parte de la estabilidad social de estar establemente bajo la bota del caudillo de turno? Cuantas preguntas y qué pocos comentarios ;)
  • Juan Varela pone la nota lúdica de la semana, con el seguimiento que ha realizado a los virales de Soitu, un nuevo diario digital que calienta motores con Vigalondo rodando los cortos-anuncios-promocionales.
  • Jorge Cortell matiza acertadamente un comunicado de Hispalinux con el que yo tampoco estoy de acuerdo. Un robo es un robo, lo llamen como lo llamen; el canon es un robo.

A más ver.

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